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No es preciso aclarar que creemos que prevenir y promover la persecución de todas las formas de tráfico de personas, la explotación sexual y la prostitución forzosa es una obligación de toda la sociedad. Empezando lógicamente por los poderes públicos. Aquí no caben matices. Por desgracia, debe decirse que el “Plan Integral de lucha contra la Trata de Seres Humanos con fines de Explotación Sexual” aprobado por el Congreso de los Diputados el pasado 12 de Diciembre de 2008, es un paso bastante insatisfactorio y confuso. De hecho en el Plan se asimila de manera inaceptable trata de seres humanos con fines de explotación sexual con la prostitución. Prostitución implica intercambio voluntario de servicios sexuales a cambio de remuneración

económica entre personas adultas, sin mediar por tanto coacción para ello. Se trataría de comercio sexual no forzado.
Vinculando fenómenos muy diferentes, se daña y estigmatiza a las trabajadoras del sexo, arrebatándoles a priori su capacidad de erigirse en actores sociales. Y contribuye a seguir negando la necesidad de derechos que protejan a quienes ejercen la prostitución de los abusos y atropellos sangrantes que no pocas veces tenemos que contemplar.
Porque se trata en suma de eso. De los derechos de la personas que libremente escogen el ejercicio de la prostitución.

Rafael Lara, Prostitución y derechos de las personas

 

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