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En el Estado español la prostitución, el ofrecer sexo a cambio de dinero, no es ningún delito. Tampoco es delito el comprar servicios sexuales, siempre y cuando se trate de una relación entre personas adultas donde exista consentimiento mutuo. Sin embargo, quienes ejercen la prostitución no tienen reconocidos derechos sociales ni sindicales porque la actividad no se entiende como “económica”. Se aleja así del dictamen del Tribunal de Luxemburgo que, en una sentencia en el año 2001, definía la prostitución como actividad económica siempre y cuando se ejerza por “cuenta propia”, asimilando a quienes se dedican a ella a la categoría de “trabajadoras autónomas”.

Briz, Mamen, De prostitutas a trabajadoras del sexo.